La nueva declaración informativa aplicable a periodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2016 que, con carácter general, deberá presentarse en el mes de noviembre, se aplicará a operaciones con personas o entidades vinculadas (sociedad y sus socios y administradores, familiares de los anteriores, entidades pertenecientes al mismo grupo, etc.), incluirá, como información más relevante, la siguiente:

1.- Información sobre operaciones realizadas con la misma persona o entidad vinculada cuando el importe de la contraprestación del conjunto de operaciones en el periodo impositivo supere los 250 000 euros, según el valor de mercado.

2.- Información sobre operaciones específicas realizadas con personas o entidades vinculadas. Entre ellas se incluyen las realizadas entre personas a las que se les aplique el régimen de estimación objetiva en IRPF -módulos-, operaciones con entidades en las que directamente o por medio de familiares tengan un 25% del capital de la misma u operaciones de transmisión de negocios o inmuebles. Esto será así siempre que el importe conjunto de cada una de estas operaciones supere los 100 000 euros, o bien, como novedad, con independencia del importe de la contraprestación, aquellas operaciones de la misma naturaleza y método de valoración, cuando el importe del conjunto de las mismas supere el 50% de la cifra de negocios de la entidad.

3.- Información sobre operaciones y situaciones relacionadas con paraísos fiscales realizadas por el contribuyente cualquiera que sea su importe.

Cabe destacar que no existe obligación de informar respecto de operaciones realizadas entre entidades que se integren en un mismo grupo de consolidación fiscal salvo determinadas operaciones de cesión de determinados activos intangibles.